jueves, 9 de febrero de 2012

2º. Impuesto de sociedades.


Con frecuencia preguntáis en clase por la cuantía del impuesto de sociedades o impuesto sobre los beneficios. Os dejo un cuadro en que explica los distintos tipos que se aplican en función de las sociedades, desde el 40 % que pagan las sociedades dedicadas a la explotación de hidrocarburos, pasando por el tipo general del 35 %, hasta los fondos de pensiones que están exentos:





Tipo
Con carácter general
35%
Entidades sometidas al tipo general, cuya cifra de negocios en el periodo impositivo anterior haya sido inferior a 1.502.530,26 €, para la parte de la base imponible comprendida entre 0 y 90.151,81 €.
30%
Mutuas de seguros.
Entidades de previsión social.
Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
25%
Sociedades de garantía recíproca.
Sociedades de reafianzamiento reguladas en la Ley 1/1994 del 1 de marzo, inscritas en el Registro Especial del Banco de España.
25%
Cajas rurales y cooperativas de crédito
25%
Colegios de profesionales, asociaciones empresariales, cámaras oficiales, sindicatos de trabajadores, partidos políticos, Fundaciones, establecimientos, instituciones y asociaciones sin ánimo de lucro que no reúnan los requisitos para disfrutar del régimen fiscal establecido por la Ley 30/1994 de 24 de noviembre, de Fundaciones.
Fondos de promoción de empleo.
Las uniones, federaciones y confederaciones cooperativas.
25%
Cooperativas fiscalmente protegidas
20%
Entidades sin fines lucrativos, definidas en la Ley 30/1994 del 24 de noviembre.
10%
Sociedades y fondos de inversión inmobiliaria que tengan por objeto exclusivo la inversión en inmuebles de naturaleza urbana de arrendamiento y además las viviendas que representen menos de 50% del total de activos.
7%
Sociedades de inversión mobiliaria, reguladas en la Ley 16/1984, cuyos valores representativos del capital social estén admitidos a negociación en bolsa.
Fondos de inversión mobiliaria y fondos de inversión en activos del mercado monetario, regulados por la Ley 46/1984
Sociedades y fondos de inversión inmobiliaria que tengan por objeto social exclusivo la inversión en viviendas y acogidos a la Ley 46/1984 en la redacción dada por la Ley 19/1992 del 7 de julio.
Fondos de regulación de carácter público del mercado hipotecario, establecido en le artículo 25 de la Ley 2/1981
1%
Entidades dedicadas a la investigación y explotación de hidrocarburos, en los términos descritos en la Ley 21/1974
40%
Fondos de pensiones, regulados por la Ley 8/1987
0%
Entidades ZEC
1%
Entidades transparentes
35%

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