Mostrando entradas con la etiqueta Financiación. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Financiación. Mostrar todas las entradas

jueves, 12 de abril de 2012

2º. Sociedades de capital-riesgo.

Hoy hablábamos en clase de la financiación a través de este tipo de sociedades. Os prometí buscar la noticia en la que cuentan los sonoros fracasos en los que en algunas ocasiones han invertido. Os lo enlazo a continuación:

Grandes fracasos de las Sociedades de Capital-Riesgo.

Lo que demuestra que el que se arriesga, a veces pierde. Menos los bancos, claro, que se han arriesgado, lo han hecho mal, han perdido y han sido rescatados. En fin.

miércoles, 11 de abril de 2012

2º. Diferencia entre crédito, préstamo y empréstito.

Aunque en el lenguaje coloquial crédito y préstamo se utilizan indistintamente, son dos conceptos diferentes que debéis saber distinguir:

En un crédito la entidad financiera pone a disposición del cliente una cantidad de dinero, del que se irá disponiendo según las necesidades que se vayan teniendo. Se pagarán intereses sólo por la cantidad utilizada, y una comisión sobre el capital no dispuesto,  no hay que presentar garantías y su concesión es inmediata, pero tiene un coste mayor. Por tanto, este tipo de financiación sería más indicado para inversiones no muy grandes y a corto plazo.

Un préstamo es una operación financiera mediante la cual una entidad financiera entrega la totalidad de capital acordado a su cliente, quién deberá devolverlo mediante el pago de cuotas mensuales en el tiempo previamente fijado. Se pagan intereses por toda la cantidad entregada pero su coste es menor, por lo que este tipo de financiación sería más adecuada para inversiones importantes y a largo plazo.

En resumen:

Procedencia de la imagen.

Aprovechamos para repasar el concepto de empréstito: cuando las empresas necesitan financiación y las condiciones impuestas por los bancos no son aceptables, pueden recurrir a la emisión de un empréstito, dividiendo la cantidad de dinero que necesitan en obligaciones (ver diferencias entre acciones, participaciones y obligaciones), que son adquiridas por particulares u otras empresas a cambio de un interés. O sea que la principal diferencia entre un préstamo y un empréstito es que el primero lo concede un banco, y el segundo, ahorradores particulares.

Sabéis que actualmente está muy difícil conseguir un préstamo bancario, especialmente para la gente jóven. Aquí tenéis una idea de como conseguirlo:

jueves, 14 de octubre de 2010

Cálculo del derecho de suscripción preferente.

Procedencia de la imagen.


FÓRMULAS PARA EL CÁLCULO DEL DERECHO DE SUSCRIPCIÓN PREFERENTE.


a= nº acciones antiguas.
n= nº acciones nuevas.
K = capital social
R = Reservas
Vn = Valor nominal
P0 = Valor teórico contable de las acciones antes de la ampliación de capital.
P1 = Valor de emisión
P2 = Valor teórico contable de las acciones después de la ampliación de capital.

Valor nominal o de emisión de las acciones antiguas: el que figura en el título o en la anotación en cuenta. Si no me lo dan:
Ve = Vn =  K / a

P0: Valor teórico contable de las acciones antes de la ampliación de capital: (también llamado valor efectivo o de mercado):
  • Si cotiza en bolsa, P0 = Valor de cotización
  • Si no cotiza en bolsa, P0 =  (K+R) / a 
P1: Valor de emisión de las acciones nuevas : 
  • Si hay prima de emisión:
Ve = Vn + Prima de emisión
  • Si no hay prima de emisión (a la par = por el mismo valor nominal) y no me lo dan:
P1 = capital social de la ampliación / n

P2: Valor teórico contable de las acciones después de la ampliación de capital: (este valor no existe en la realidad, tan sólo se calcula para poder asignar un valor al derecho de suscripción):

 P2 = PN después / (a+n)

Depende de los datos queme den, también se puede calcular directamente de la siguiente forma:

P2 =  (a x P0 +  n x P1) / (a + n)

Valor del derecho de suscripción preferente: Definición: preferencia que tienen los antiguos accionistas de una S.A. para adquirir las nuevas acciones ante una ampliación de capital. Si no quieren hacer uso de ese derecho, se le asigna un valor, que es la diferencia entre el valor que tenían las acciones antes y después de la ampliación, y se puede vender. De esa forma, se compensa a los antiguos accionistas por la dilución del valor de las acciones.

Sólo lo pagan los nuevos accionistas, los antiguos no.

Ds =  P0 - P2 

O bien:  Ds =  (P0 - P1 ) x n / (n+a)

Proporción para la ampliación:
 
p = n / a →  Aquí no opero el cociente, sino que simplifico y leo: podrá comprar n acciones nuevas por cada a antiguas.

Acciones que puede comprar cada antiguoaccionista:

Puede comprar (Acciones que tiene x proporción) acciones.

Precio que debe pagar un nuevo accionista por cada acción nueva:

Tendrá que pagar  P1 + DS x denominador de la proporción. Y coincide con P2.

Tasa de rentabilidad de una inversión:

r =  (Rendimiento del periodo / Inversión realizada) x 100